Innovación y Gerencia. Revista científica arbitrada
Vol. VII. Nº. 2, Octubre 2014, pp. 215 - 228
UJGH ·ISSN 1856-8807
Mecanismos para garantizar la integración
de las personas con discapacidad
en el entorno laboral
Clemencia Markarian*
Eglis Torres**
Dioneira Miquilena***
Resumen
El artículo tiene como objetivo analizar los mecanismos implementados por
los entes internacionales y el Estado venezolano para garantizar el derecho
de la integración laboral de las personas con discapacidad en el entorno la-
boral. La metodología empleada es tipo documental-descriptiva. La revisión
bibliográfica se fundamentó en: Constitución Nacional de la República Boli-
variana de Venezuela (1999), Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores
y las Trabajadores (2012), Ley para las personas con discapacidad (2007),
entre otras. Se concluye que los primeros obligados en actualizar o procurar
la adecuación y cumplimiento de la nueva ley, son los organismos emplea-
dores, los cuales deberán tener al día las condiciones de infraestructura y
de constitución que pauta la norma para la adecuada accesibilidad.
Palabras clave: personas con discapacidad, integración, entorno labo-
ral.
215
* Doctora en Ciencias Políticas (URBE). Maestría en Gerencia de Recursos Humanos (URBE). Licen-
ciada en Administración (LUZ). Tutora de Trabajos de Grado en Pregrado y Postgrado de la Uni-
versidad Dr. José Gregorio Hernández. Docente Asociado en la UJGH. Jefe de Proyecto de Investi-
gación de la Línea Procesos de Educación y Aprendizaje y Planificación Empresarial de la Universi-
dad Dr. José Gregorio Hernández. Investigadora Acreditada PEII Nivel B. Correo electrónico: cle-
mencia.markarian@ujgh.edu.ve.
** Licenciada en Gerencia de Recursos Humanos (Universidad Dr. José Gregorio Hernández). Correo
electrónico: eglis.torres@hdes.luz.edu.ve
*** Postdoctora en Gerencia Pública y Gobierno. Postdoctora en Gerencia de las Organizaciones. Doctora
en Ciencias Gerenciales. Magíster en Recursos Humanos. Licenciada en Administración de Empresas.
Decana de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Dr. José Gregorio Hernán-
dez. Docente Titular (UJGH-URBE-LUZ). Correo electrónico: dioneira.miquilena@ujgh.edu.ve
Recibido: 22-08-13. Aceptado: 13-08-14
Mechanisms that Guarantee the Integration
of Persons with Disabilities in the Workplace
Abstract
The objective of this article is to analyze mechanisms implemented by in-
ternational entities and the Venezuelan state to guarantee the right of in-
tegration in the workplace for people with disabilities. Methodology is of
the documentary-descriptive type. The bibliographical review was based
on the 1999 Constitution of the Bolivarian Republic of Venezuela, the Or-
ganic Labor Law for Workers (2012) and the Law for Persons with Dis-
abilities (2007), among others. Conclusions are that the first who are
obliged to update, adapt to and comply with the new laws are the employ-
ing organisms, which ought to have the infrastructure and conditions set
forth in the standard for appropriate accessibility up-to-date.
Key words: persons with disabilities, integration, work place.
Introducción
Durante muchos años, las personas con condiciones espe-
ciales, estaban aisladas del contexto laboral. Al hablar de ellas, se
debe destacar que aun cuando poseen capacidades diferentes,
este concepto intenta reivindicar la normalidad de su participa-
ción en un contexto de diversidad social, el cual puede aportar va-
lor al resto de la sociedad. En este sentido, se torna importante to-
mar conciencia al respecto, y de esta manera contribuir con el
modelo de desarrollo integral del país.
Sin embargo, gracias a los lineamientos formulados por las
leyes laborales se han creado y modificado espacios en las organi-
zaciones para la integración de personas con discapacidad, por-
que han comprendido la necesidad de adecuar las instalaciones,
a fin de garantizar la ergonomía de los espacios laborales, aumen-
tando así sus índices de productividad y ventaja competitiva.
Cabe destacar, que mediante la promulgación de las norma-
tivas legales, se promueve la igualdad de condiciones de integra-
ción laboral, trayendo efectos positivos para este importante seg-
mento de la población; asimismo, se evidencia un avance teórico
en cuanto a la terminología de discapacidad utilizada en la nueva
legislación especial, orientada a reflexionar, cada día más, sobre
las facetas del ser humano.
216
Mecanismos para garantizar la integración de las personas con discapacidad...
Clemencia Markarian, Eglis Torres y Dioneira Miquilena
En este sentido, la investigación se centra en analizar los
mecanismos implementados para garantizar el derecho de la in-
tegración de las personas con discapacidad en el entorno laboral,
otorgando así un espacio donde puedan desarrollar sus aptitu-
des, sintiéndose parte de una sociedad productiva con funciones,
derechos y obligaciones, en un esfuerzo conjunto que se ve refle-
jado en la promulgación de normativas que les permite obtener
puestos de trabajo.
De acuerdo con lo antes mencionado, se muestra la impor-
tancia en la cual radica el tema de estudio, por cuanto se conside-
ra que la necesidad de la igualdad en el entorno laboral de las per-
sonas con discapacidad, viene dada por el fin supremo de alcan-
zar el bienestar social y una vida digna.
En este sentido, se presentan algunas generalidades sobre
la discapacidad para luego describir los tipos existentes. Por otra
parte, se hace mención a las posibles condiciones de desventaja
laboral para luego mostrar los fundamentos que promueven la in-
tegración de los individuos que presentan una condición especial
para finalmente describir los fundamentos legales de la discapa-
cidad en los ámbitos nacional e internacional.
1. Fundamentación teórica
1.1. Generalidades sobre la discapacidad:
conceptos clave
El Día Internacional de las Personas con Discapacidad se ce-
lebra el 3 de diciembre de cada año y el 13 de diciembre de 2006,
las Naciones Unidas acordaron formalmente la Convención sobre
los Derechos Humanos y la Igualdad del siglo XXI, para proteger y
reforzar la equidad de oportunidades de aproximadamente 650
millones de personas con discapacidad que se estima existen a ni-
vel mundial
Asimismo, en el Informe Mundial sobre la Discapacidad
(2011), se presenta la Clasificación Internacional del Funciona-
miento de la Discapacidad y de la Salud (CIF), adoptada como
marco conceptual, en la cual se muestra la discapacidad como un
término genérico que engloba deficiencias, limitaciones de activi-
dad y restricciones para la participación.
Por su parte, Acacio (2007) expone que la discapacidad es
una condición compleja del ser humano, constituida por factores
217
_____________________________________ Innovación y Gerencia. Vol. VII. 2, 2014
biopsicosociales, que evidencia una disminución o suspensión
temporal o permanente de alguna de sus capacidades sensoria-
les, motrices e intelectuales. Mientras que Parra (2004, p. 23) ar-
gumenta la noción tradicional en los términos de: “Toda restric-
ción o ausencia, debida a una deficiencia de la capacidad de reali-
zar una actividad en la forma y dentro del margen que se conside-
ra normal para un ser humano en su contexto social”. No obstan-
te, lo anteriormente señalado refleja la repercusión de las defi-
ciencias en el rendimiento funcional de la actividad cotidiana de
las personas en la ejecución de tareas, aptitudes y conductas.
Siguiendo el orden de ideas en relación con el concepto de dis-
capacidad, Sanz (2004) señala que se entiende el término como
toda restricción de la capacidad de realizar una actividad de la for-
ma y dentro del margen considerado normal para el ser humano.
De igual manera, señala que se ve alterada la conducta o el rendi-
miento. El autor argumenta que el concepto de inhabilidad se basa
en la existencia de una minusvalía física, psíquica o sensorial. Al
respecto, en Venezuela existen miles de personas con alguna con-
dición que le dificulte su actividad física para trabajar, teniendo el
potencial necesario para incorporarse al mercado laboral y así con-
tribuir con el desarrollo del país como empleados del sector público
o privado. En este sentido, el Estado es el principal garante de los
derechos y garantías atribuidas a todos los ciudadanos, sin discri-
minación alguna de raza, sexo, religión o condición social.
Para Palacios (2008, p. 347), las personas con discapacidad
“incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, in-
telectuales o sensoriales a largo plazo, que al interactuar con di-
versas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva
en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.
En el contexto de esta investigación, una persona con condi-
ciones especiales, es aquella que sufre de una deficiencia o condi-
ción de salud que se enfrenta a una situación capaz de limitar el
desarrollo de sus actividades diarias.
1.2. Tipos de discapacidad
Existen diversos tipos de discapacidad cada uno puede ma-
nifestarse en distintos grados, y una persona puede tener varios
tipos al mismo tiempo. En este sentido, existe una amplia concep-
ción de estas condiciones especiales, en las cuales los individuos
son capaces de interactuar, participar activamente, desenvolver-
se exitosamente y formar parte de la construcción de la sociedad.
218
Mecanismos para garantizar la integración de las personas con discapacidad...
Clemencia Markarian, Eglis Torres y Dioneira Miquilena
1.2.1. Discapacidad motora
Según Echeita y Gairín (2007), la discapacidad motriz se defi-
ne como una alteración del aparato motor causada por un funcio-
namiento deficiente de los sistemas nervioso, muscular o del óseo
articulatorio, o de una interrelación de los tres, que dificulta o im-
posibilita la movilidad funcional de una o diversas partes del cuer-
po. De acuerdo con Chacón (2005), la discapacidad física se puede
definir como una desventaja, resultante de una imposibilidad que
limita o impide el desempeño motor de la persona afectada.
1.2.2. Discapacidad auditiva
Para Jiménez y González (2009), sordera es un término ge-
neral usado para describir todos los tipos y grados de pérdida au-
ditiva. Según Ríos y Blanco (2004), se denomina discapacidad au-
ditiva el trastorno sensorial caracterizado por la ausente o escasa
capacidad de percepción de las formas acústicas, es decir, por la
pérdida de la capacidad auditiva.
De acuerdo con Navas y Castejón (2010), tradicionalmente,
se ha entendido que una persona con deficiencia auditiva es
aquella que, a causa de una determinada pérdida auditiva, tiene
problemas para la comunicación, necesitando una intervención
especializada de tipo médico y atención educativa, la cual será
más severa en función del momento de inicio de la discapacidad,
el grado y la causa misma.
Para Anuies (2007), la discapacidad auditiva es la pérdida
moderada de la audición. La persona que presenta esta condición
es aquella que no tiene suficiente audición para oír los sonidos del
lenguaje oral y desarrollarlos. Es decir, está asociada a la dismi-
nución o alteración de los sonidos, lo que produce problemas al
individuo por la falta de información a que se ve sometido por cau-
sa del déficit en la audición, lo cual puede representar implicacio-
nes importantes en la comunicación, así como con su entorno,
esto conlleva a una desconexión del medio y poca participación en
eventos sociales.
1.2.3. Discapacidad visual
Según Castejón y Nava (2009), consiste en la afectación, en
mayor o menor grado, o en la carencia de la visión. En misma no
constituye una enfermedad, al contrario, es la consecuencia de
un variado tipo de enfermedades. La merma o la pérdida de la vi-
sión, tiene a su vez consecuencia sobre el desarrollo, por cuanto
219
_____________________________________ Innovación y Gerencia. Vol. VII. 2, 2014
es necesario aportar por medios alternativos las informaciones
que no se pueden obtener a través del sentido de la vista.
De acuerdo con Aguirre y Gil (2008), la discapacidad visual
es un término genérico que engloba muchos tipos de problemas y
dificultades visuales; es la carencia, disminución o pérdida total
de la visión, según el grado de deficiencia. Por su parte, Pérez y
Corvalán (2007), la definen como la dificultad que presentan al-
gunas personas para participar en actividades propias de la vida
cotidiana, que surge como consecuencia de la interacción entre
una dificultad específica relacionada con una disminución o pér-
dida de las funciones visuales y las barreras presentes en el con-
texto en que desenvuelven.
1.3. Desventaja laboral
Según Montero (2012), existe una situación de desventaja de
una persona con discapacidad, ante otros individuos sin alguna
condición especial, debido no solo a sus características personales
sino al escaso o nulo acceso que haya tenido en relación con las
oportunidades de educación, formación profesional, movilidad en el
entorno, y otros determinantes de su desarrollo integral, que limitan
sustancialmente sus posibilidades de desempeñar una actividad
productiva que le garantice independencia económica, medios de
subsistencia y el logro progresivo de mayores niveles de autonomía.
En este sentido, las situaciones presentes de desventaja labo-
ral, derivadas por la discriminación, por relaciones de poder, esca-
sas oportunidades, así como inaccesibilidad del medio, hacen a las
personas con discapacidad, candidatas a exigir y recibir el apoyo
necesario para mejorar su condición de vida, principalmente, en
aspectos relacionados con la formación e inserción laboral.
Asimismo, se deduce que la divergencia estructural entre las
capacitaciones que tienen las personas y las exigidas por el mercado
laboral es uno de los problemas más graves a los cuales se enfrenta
el colectivo. En consecuencia, las dificultades se incrementan por el
hecho de que la formación no ha estado suficientemente ajustada a
las oportunidades de empleo que impide la integración laboral.
1.4. Integración laboral
Lo más notorio que tienen en común todas las personas con
discapacidad es haber compartido una historia de segregación y
discriminación, con actitudes sociales negativas (incluyendo las
profesionales y familiares), que han perpetuado la minusvalora-
220
Mecanismos para garantizar la integración de las personas con discapacidad...
Clemencia Markarian, Eglis Torres y Dioneira Miquilena
ción e incrementado las barreras para desempeñar una vida nor-
mal. En tal sentido, las barreras anteriormente mencionadas, per-
cepciones erróneas, carencia de expectativas y falta de apoyo con-
creto que han compartido dichas personas, ha generado necesida-
des comunes que son de gran alcance. No se trata sólo de necesida-
des de apoyo, actuación profesional, desarrollo de programas indivi-
dualizados, estrategias y técnicas comunes, sino también de un cla-
ro impulso y cambio en la política social de los países.
Sin embargo, la discapacidad es abordada en la actualidad
de un modo más enriquecedor y desde diversas vertientes; una de
ellas es la representada por la normativa y los derechos humanos,
lo cual permea los discursos legales, políticos y académicos, plan-
teando nuevas perspectivas de análisis y evaluación de la reali-
dad social en la que se inscribe el tema.
Cuando se habla sobre las personas con discapacidad en Ve-
nezuela, se observa la existencia de un amplio desconocimiento
por parte de la población sobre el tema de sus derechos, incluso de
los mismos afectados, así como sus familiares; sumado al trato ge-
neralmente discriminatorio hacia los que poseen esta condición.
Según Riaño, Gento y Merino (2012), la integración laboral
de personas con necesidades diversas responde a aspectos con-
cretos de la realización plena y armónica del individuo y al reco-
nocimiento expreso del aporte del trabajo a este objetivo general.
Por otro lado, se pretende que a través de la integración laboral
tengan mayores posibilidades de acceder al mundo del trabajo
como paso previo a su integración social.
Al respecto, Parra (2004) señala que la integración laboral
debe ser entendida como el proceso por medio del cual la persona
que posea alguna condición logra ubicarse o reubicarse, según
sus posibilidades, intereses y expectativas, en un cargo en condi-
ciones de pre- requisito y desempeño. Con base en las garantías
convencionales laborales para la población en general y aquellas
especiales según las características de discapacidad.
De acuerdo con Pérez Bueno y Andreu (2009), la integración
laboral de las personas con discapacidad es un objetivo con bases
constitucionales y legales expresas. La realización de un trabajo
retribuido, en el sector privado o público, constituye, quizás, el
factor más importante para su desarrollo integral, siendo la
muestra de integración de este amplio colectivo en la sociedad y
de igualdad respecto al resto de ciudadanos.
221
_____________________________________ Innovación y Gerencia. Vol. VII. 2, 2014
1.5. Fundamentos legales de la discapacidad
en el ámbito internacional
La Asamblea General de la Organización de las Naciones Uni-
das (ONU), el 10 de diciembre de 1948, adoptó la Declaración Uni-
versal de los Derechos Humanos, la cual contiene las bases nor-
mativas referidas a las personas con discapacidad; destacándose
los siguientes aspectos: en su Artículo 1: “Todos los seres humanos
nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como es-
tán de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los
unos con los otros". De igual manera, el Artículo 2 prevé: “Toda
persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta
Declaración, sin distinción alguna de raza, sexo, idioma, religión,
opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social,
posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”.
Asimismo, el análisis se complementa del Artículo 7, el cual
establece la igualdad de derechos ante la ley, por ende la protec-
ción contra toda discriminación que infrinja esta declaración y
contra toda provocación a tal exclusión. Igualmente, el Artículo
25, literal 1, establece los derechos socioeconómicos de las perso-
nas con discapacidad, tales como el derecho a un nivel de vida
adecuado, el cual incluye comida, vestido, habitación y servicios
médicos y sociales; este último en caso de desempleo, enferme-
dad, discapacidad, viudez, vejez.
Por otra parte, pueden mencionarse los Convenios de la Or-
ganización Internacional del Trabajo (OIT, 1998), especialmente
el trabajo titulado: “Importancia de la igualdad en el mundo del
trabajo de la OIT”. Se destaca una de las principales preocupacio-
nes de la OIT en materia de empleo y ocupación, tal como la elimi-
nación de la discriminación, así lo expresa en la declaración de Fi-
ladelfia, anexada a la Constitución de la OIT: “Todos los seres hu-
manos, sin distinción de raza, creo o sexo tienen derecho a perse-
guir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condicio-
nes de libertad y dignidad, de seguridad económica en igualdad
de oportunidades”.
También es relevante destacar otro instrumento, enmarcado
en la OIT, como lo es la Recomendación 99 sobre la adaptación
y readaptación profesional de los inválidos, la cual fue adoptada
en Ginebra, el 22 de junio de 1955. Su alcance se centra en el pro-
ceso continuo y coordinado que abarca la orientación y formación
profesional, así como también la colocación selectiva para que los
inválidos puedan optar y mantener un empleo apropiado. De
222
Mecanismos para garantizar la integración de las personas con discapacidad...
Clemencia Markarian, Eglis Torres y Dioneira Miquilena
igual manera, en dicho documento se plantea la igualdad de prin-
cipios para que los individuos, con una condición especial o no,
puedan ser tomados en cuenta en el contexto laboral, a fin de ejer-
cer una actividad económica y demostrar sus aptitudes profesio-
nales, siempre y cuando sus condiciones tanto médicas como pe-
dagógicas se los permitan.
Cabe destacar que los derechos humanos se clasifican en
universales, políticos, civiles, económicos, sociales y culturales,
pertenecen a todos los seres humanos, incluyendo a los que po-
seen condiciones especiales, tal como lo establece la Constitución
Bolivariana de Venezuela (1999), al señalar que las personas con
discapacidad deben gozar de los mencionados derechos, así como
libertades fundamentales, en términos iguales con otros en la so-
ciedad, sin discriminación de ningún tipo.
Además, dicho instrumento legal expresa en su exposición
de motivos que el Estado garantizará a toda persona sin discrimi-
nación alguna, goce y ejercicio. Igualmente, reconoce los tratados
internacionales suscritos y ratificados por la nación. En Venezue-
la prevalece el orden interno y las medidas sobre el goce y ejercicio
de los derechos humanos más favorables a las contenidas en la
Constitución y en las leyes, siendo sus disposiciones de aplica-
ción directa e inmediata.
1.6. Fundamentos legales de la discapacidad
en Venezuela
Al enfatizar sobre los mecanismos existentes en la Legisla-
ción, se plantea lo regulado por la Constitución de la República Bo-
livariana de Venezuela (1999), en el Capítulo V, donde se establece
que en los derechos sociales y, de las familias, existe la correspon-
sabilidad entre la sociedad y el Estado para garantizarles la partici-
pación, integración, así como la igualdad en el campo laboral a las
personas con discapacidad, con el propósito de que puedan llevar
una vida digna y decorosa como todos los ciudadanos.
De igual manera, en el Artículo 87, de la mencionada Consti-
tución, se establece que:
toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El
Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a
los fines de que toda persona pueda obtener ocupación pro-
ductiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y
le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del estado
fomentar el empleo. La ley adoptará medidas tendientes a ga-
223
_____________________________________ Innovación y Gerencia. Vol. VII. 2, 2014
rantizar el ejercicio de los derechos laborales de los trabajado-
res y trabajadoras no dependientes. La libertad de trabajo no
será sometida a otras restricciones que las que la ley establez-
ca. Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y
trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de
trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará ins-
tituciones que permitan el control y la promoción de estas
condiciones.
Del mismo modo, en su Artículo 81, señala que toda persona
con necesidades especiales tiene derecho al ejercicio pleno y autó-
nomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunita-
ria. En adición, la Ley para las Personas con Discapacidad (2007)
tiene la finalidad de regular los medios y mecanismos que les ga-
rantice tener acceso directo a una ocupación productiva, igual-
mente alcanzar el desarrollo integral mediante la participación de
la familia y el Estado venezolano.
En el Artículo 2 de la citada Ley, se expresa:
Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional,
Estadal y Municipal competentes en la materia, y las perso-
nas naturales y jurídicas de derecho privado, cuyo objeto sea
la atención de las personas con discapacidad, tienen el deber
de planificar, coordinar e integrar en las políticas públicas
todo lo concerniente a la discapacidad, en especial su preven-
ción, a fin de promover, proteger y asegurar un efectivo dis-
frute de los derechos humanos de las personas con discapaci-
dad, el respeto a la igualdad de oportunidades, la inclusión e
integración social, el derecho al trabajo y las condiciones la-
borales satisfactorias de acuerdo con sus particularidades, la
seguridad social, la educación, la cultura y el deporte de
acuerdo con lo dispuesto en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y los tratados, pactos y convenios
suscritos y ratificados por la República. Cualquier persona
natural o jurídica, de derecho público o privado, nacionales
estadales o municipales, que intervenga en la realización de
actividades inherentes a la discapacidad, quedan sujetas a
las disposiciones de la presente Ley.
De allí se infiere que los organismos dependientes del Minis-
terio del Poder Popular para el Trabajo y el Ministerio del Poder
Popular para el Desarrollo Social, encargados de garantizar el
cumplimiento del régimen de empleo a las personas con discapa-
cidad, deben supervisar el ámbito de actuación, de igual manera,
224
Mecanismos para garantizar la integración de las personas con discapacidad...
Clemencia Markarian, Eglis Torres y Dioneira Miquilena
intentar remediar las deficiencias legislativas, asesorar jurídica-
mente a las empresas públicas y privadas para promover así la
igualdad de oportunidades, difusión social de la problemática,
coordinar actividades con las personas con discapacidad.
Asimismo, el texto legal prevé políticas laborales en su Artí-
culo 26, con la participación del ente regulador en el área de desa-
rrollo social, encargado de formular las políticas sobre formación
para el trabajo, empleo, inserción y reinserción laboral, readapta-
ción profesional o reorientación ocupacional para personas con
discapacidad, y lo que corresponda a los servicios de orientación
laboral, promoción de oportunidades de empleo, colocación y
conservación de empleo.
Esta norma tiene consigo una secuencia con la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela (1999), viene a regular es-
pecíficamente los medios y mecanismos cuyos preceptos de orden
público permitirán alcanzar el desarrollo integral de las personas
con condiciones especiales, mediante la participación solidaria de la
sociedad que deben ser implementados por los organismos corres-
pondientes para brindarles una seguridad y estabilidad.
El Artículo 28 de la Ley para las Personas con Discapacidad
(2007) expresa en relación con empleo para personas con disca-
pacidad:
Los órganos y entes de la administración Pública Nacional,
Estadal, Municipal, así como las empresas públicas, privadas
o mixtas, deberán incorporar a sus planteles de trabajo no
menos de un cinco por ciento (5%) de personas con discapaci-
dad permanente, de su nómina total, sean ellos ejecutivos,
ejecutivas, empleados, empleadas, o obreros u obreras. No
podrán oponer argumentación alguna que discrimine, condi-
ciones o pretenda impedir el empleo de personas con discapa-
cidad. Los cargos que se asignen a personas con discapacidad
no deben impedir su desempeño, presentar obstáculos para
su acceso al puesto de trabajo, ni exceder de la capacidad
para desempeñarlo. Los trabajadores o las trabajadoras con
discapacidad no están obligadas u obligados a ejecutar tareas
que resulten riesgosas por el tipo de discapacidad que tengan.
Sin embargo, las personas con condiciones especiales han
sido objeto de olvido y maltrato, pero desde el año 2007, que entra
en vigencia esta nueva ley, se regulan las políticas, medios y me-
canismos en dicha materia. Exactamente un porcentaje de inclu-
sión para poder acceder al mercado de trabajo de las personas
225
_____________________________________ Innovación y Gerencia. Vol. VII. 2, 2014
con discapacidad, es meramente importante y beneficioso para
esa parte de la población que estaba siendo afectada, con esto se
abren oportunidades de empleo así como la inserción laboral.
Cabe destacar, que se busca la justicia social para que la dis-
capacidad sea un real proceso de integración e inclusión y se al-
cancen los más elevados niveles de desempeño de las personas
con dicha condición, base referencial para lograr fortalecer sus
potencialidades y alcanzar su máximo desarrollo socioeconómi-
co. Dicha labor le corresponde al Consejo Nacional para las perso-
nas con Discapacidad. En tal sentido, se evidencia el gran avance
que el Estado ha desarrollado en materia de desarrollo integral de
todos sus ciudadanos, así como la igualdad de derecho para la
participación efectiva en todos los sectores de la sociedad.
Consideraciones finales
En Venezuela, la posición social de las personas con disca-
pacidad ha cambiado enormemente en los últimos años. De una
situación de relegación se ha pasado a otra en la que la igualdad
de derechos es un objetivo compartido por todos: las propias per-
sonas con discapacidad, las asociaciones, el Gobierno y la socie-
dad en general. En la actualidad, ya es comúnmente asumido que
la igualdad ante la ley también significa que ninguna discapaci-
dad pueda ser causa de discriminación.
Sin embargo, a diferencia de la integración, el proceso de
cambio no tiene que ver con la asimilación, sino con la transfor-
mación de las sólidas barreras estructurales que impiden el cam-
bio que incluyen las bases de la sociedad. En tal sentido, la inte-
gración laboral y social de las personas con discapacidad es un
proceso público de elección y celebración de las diferencias, así
como de identificación con aquello que aprecian los unos de los
otros, hacer justicia ante las diferencias entre las personas con
condiciones especiales y utilizar esas diferencias como recursos,
como una oportunidad para el aprendizaje, en vez de considerar-
los un problema.
Asimismo, la promulgación de la nueva normativa legal pro-
mueve la igualdad de condiciones de integración laboral, trayendo
efectos positivos para este importante segmento de la población.
Además, se evidencia un avance teórico en cuanto a la terminolo-
gía de discapacidad utilizada en la nueva legislación especial, al
pretender reflexionar cada día más facetas del ser humano.
226
Mecanismos para garantizar la integración de las personas con discapacidad...
Clemencia Markarian, Eglis Torres y Dioneira Miquilena
Finalmente, la existencia de diferentes instrumentos legales
nacionales claramente orientados a una efectiva protección y ga-
rantía de los derechos de las personas con condiciones especia-
les, debe orientar las pautas a seguir para que los primeros obli-
gados en actualizar o procurar la adecuación y cumplimiento de
la nueva ley, sean los organismos empleadores, los cuales debe-
rán tener al día las condiciones de infraestructura y de constitu-
ción que pauta la norma para la adecuada accesibilidad.
Referencias bibliográficas
Acacio, C. (2007). Personas con discapacidad luchan por sus derechos. Fede-
ración Venezolana de Asociaciones y Funciones de Personas con Disca-
pacidad Intelectual y sus familiares (Fevedi). II Congreso.
Aguirre, P. y Gil, J. (2008). Manual de Atención al Alumnado con Necesidades
Específicas de Apoyo Educativo Derivadas de la Discapacidad Visual y
Sordoceguera. Madrid, España: Editorial Junta de Andalucía.
Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial 36.860 del 30
de diciembre de 1999.
Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. (2007). Ley
para Personas con Discapacidad. Gaceta Oficial 38.598 del 06 de
enero de 2006.
Banco Mundial (2011). Informe Mundial sobre la Discapacidad. (Documento
en línea). Disponible en: http://siteresources.worldbank.org/DISABI-
LITY/Resources/WHO_NMH_VIP_11.01_spa
Castejón, J. y Navas, L. (2009). Unas Bases Psicológicas de la Educación Es-
pecial. España: Editorial Club Universitario.
Chacón, G (2005). Algunas características de la población de discapacitados
en Venezuela: Énfasis en su situación laboral. Revista Temas de Co-
yuntura, Nº 51, Junio. Caracas.
Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (1998). (Transcrip-
ción en línea). Disponible:http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/pu-
blic/—-ed_norm/—declaration/documents/publica-
tion/wcms_095897.pdf (Consulta junio 2013).
Echeita, G. y Gairín, J. (2007). Manual de Asesoramiento Psicopedagógico.
Barcelona, España: Editorial GRAÓ.
Jiménez, M. y González, F. (2009). Expresión y comunicación. Madrid: Espa-
ña. Editorial Editex.
Montero, C (2012). Estrategias para Facilitar la Inserción Laboral a Personas
con Discapacidad. San José, Costa Rica: Editorial Universidad Estatal
a Distancia.
227
_____________________________________ Innovación y Gerencia. Vol. VII. 2, 2014
Naciones Unidas (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos
(Transcripción en línea). Disponible: http://www.filosofia.org/cod/
c1948dhu.htm (Consulta junio 2013).
Navas, L. y Castejón, J. (2010). Aprendizaje, desarrollo y disfunciones: impli-
caciones para la enseñanza en la educación secundaria. España: Edito-
rial Club Universitario.
Organización Internacional del Trabajo (1955). Recomendación 99 sobre la
adaptación y la readaptación profesionales de los inválidos (Transcrip-
ción en línea). Disponible: http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=
1000:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:R099 (Consulta junio 2013).
Palacios, A (2008). El modelo Social de Discapacidad: orígenes, caracteriza-
ción y plasmación en la Convención Internacional sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad. Madrid, España: Editorial CINCA.
Parra, C. (2004). Derechos Humanos y Discapacidad. Bogotá, Colombia: Edi-
torial Universidad del Rosario.
Pérez, C. y Corvalán, K. (2007). Guía de Apoyo Técnico-Pedagógico: Necesida-
des Educativas Especiales Asociadas Discapacidad Visual.Gobierno
de Chile.
Pérez, L. y Andreu, A. (2009). Evaluación de las políticas de empleo para per-
sonas con discapacidad y formulación y coste económico de nuevas pro-
puestas de integración laboral. Madrid, España: Editorial Cinca.
Riaño, A., Gento, S. y Merino, R. (2012). Integración y Rehabilitación Laboral
en la Diversidad. España.
Ríos, M. y Blanco, A. (2004). El Juego y los Alumnos con Discapacidad (5ª ed.).
Barcelona, España: Editorial Paidotribo.
Sanz, C. (2004). Aquí Jugamos Todos: una Propuesta para la Integración de
Alumnos con Discapacidad. Madrid, España: Pila Teleña.
228
Mecanismos para garantizar la integración de las personas con discapacidad...
Clemencia Markarian, Eglis Torres y Dioneira Miquilena